Primer Trámite
I. Usted tiene 30 días a partir de su llegada a Chile para realizar la tramitación de registro de visa (“estampar la visa”) en el Ministerio del Exterior. Agustinas 1235, 4to Piso. Fonos: 5502485 – 5502488. Horario de Atención: 15:30 – 17:30
Debe llevar:
* Pasaporte
* 3 Fotografías tamaño carnet blanco/negro (Con Nº de Pasaporte y nombre incluidos en la fotografía).
* Formulario entregado a usted en Consulado de Chile (Cuando corresponda).
* Llenar formulario que se le entregará en esas oficinas y cancelar $500
Segundo Trámite
II. En la Jefatura de Extranjería y Policía Internacional le entregarán el documento “Certificado de Registro de Visa” con el cual debe presentarse en el Servicio Registro Civil e Identificación para poder solicitar Carné de Identidad.
Dirección Jefatura Extranjeria y Policia Internacional:
Dirección Borgoño 1052, Santiago Centro (Av. Independencia 1ª Intersección a mano izquierda)
Horario 8:00 a 14:00 Teléfono 5657863
Registro Civil:
* Dirección Huérfanos 1570, Santiago Centro
Horario de 8.30 am a 2 pm. Teléfono 782-2000
Debe llevar:
* Original y una fotocopia de pasaporte
* Original y una fotocopia de Certificado de Registro / Policía Internacional
* 1 fotografía blanco/negro (Sin nombre ni número de pasaporte)
* $1.100 para cancelar impuesto por Carné de Identidad
* Regresar en 15 días hábiles, para retirar el Carné de Identidad.
Información sobre temas referentes a la visa: Fonos 5502485 – 5502488. Horario de Atención: 15:30 – 17:30
¿Qué debo hacer para cambiar el tipo de visa que tengo?.
Tiene que dirigirse al Departamento de Extranjería del Ministerio del Interior, ubicado en Agustinas Nº 1235, Santiago. Teléfono 5502400
¿Cuál es el trámite para obtener la permanencia definitiva?.
Este trámite se realiza en el Departamento de Extranjería y Migración, ubicada en calle Agustinas N° 1235, Santiago, teléfono 5502400. Para realizar el trámite debe presentar la solicitud de permanencia definitiva antes de 90 días que expire su visa. Para el caso de Visa de Residente Temporario, se pide una permanencia de 1 año en Chile. En el caso de la visa de Residente Estudiante, debe presentar Título Profesional o equivalente a los estudios realizados. Para el caso de las visas sujeta a contrato, una permanencia de 2 años en Chile. Mas detalles averiguar en el Departamento de Extranjería y Migración, vía teléfono o personalmente.
¿Que debo hacer para pedir una prórroga de visa?
Debe concurrir personalmente al Departamento de Extranjería de la Gobernación Provincial que corresponda al domicilio que tiene en Chile. En la Región Metropolitana, el trámite debe realizarlo en el Departamento de Extranjería, Intendencia Región Metropolitana, Agustinas N° 1235, teléfono 5502400, Santiago
¿Qué debe realizarse para cambiar el status migratorio (cambio de visa)?
Tiene que dirigirse al Departamento de Extranjería y Migración, ubicado en Agustinas N° 1235, Santiago, teléfono 5502400
¿Qué debo hacer para obtener cédula de identidad si soy extranjero?
Lo primero que debe hacer es concurrir a Policía de Investigaciones de Chile, ubicado en calle General Borgoño N° 1052, a retirar el Certificado de Registro de Extranjero, acompañar pasaporte y tarjeta migratoria.
Luego debe concurrir con el pasaporte, al Servicio de Registro Civil e Identificaciones, ubicado en calle Moneda N° 1342.
¿Qué debo hacer para solicitar visa para visitar Chile?.
Los extranjeros que desean ingresar al país como turistas o como residentes sujeto a contrato, estudiante o residencia temporaria, deben solicitar su visa en el consulado de chile en el exterior.
Tipos de visas y los requisitos para obtenerlas:
Las visas a extranjeros solo se tramitan en los Consulados de Chile en el exterior.
Los tipos de visas son cuatro. La Visa de Residente Estudiante, se otorga al extranjero que viaje a Chile con el objeto de realizar estudios como alumno regular en establecimientos del estado o particulares reconocidos por este, acreditando su correspondiente matricula y se pueden solicitar directamente en los Consulados de Chile.
Si Ud., desea prorrogar su estadía en nuestro país o solicitar su permanencia definitiva en Chile, debe realizar el trámite en el Departamento de Extranjería y Migración del Ministerio del Interior, ubicado en Agustinas Nº 1235, 4to piso, Santiago.
Reconocimiento (Registro) de Títulos Profesionales obtenidos en el extranjero.
La regla general en la materia es que este trámite debe cumplirse en la Universidad de Chile, la excepción consiste en los tratados celebrados por Chile, con Estados extranjeros en cuyo caso el trámite de registro que habilita para el ejercicio profesional en el país debe cumplirse en el Ministerio de Relaciones Exteriores, Dirección General de Asuntos Consulares e Inmigración, Departamento Legal, Sección Títulos. Dirección: Bandera 46 Primer piso, of N° 01 Horario de atención: Lunes a Viernes de 09:00 hrs.AM a 14:00 hrs.PM.
En el caso de los tratados bilaterales los requisitos que deben cumplirse son de carácter formal, a saber: la legalización del título respectivo ante la Oficina Consular de Chile del lugar donde éste fue expedido; constancia de la institución emisora esta reconocida por su respectivo Estado, la concentración de notas de cada asignatura de la respectiva carrera, la que debe ser emitida por la misma institución emisora y constancia de que el interesado no está inhabilitado para ejercer la profesión respectiva, en el país donde obtuvo el título, la que puede ser emitida por las autoridades administrativas, universidades o policiales según el caso.
En lo que se refiere al Tratado Multilateral, la Convención de México de 1902, los requisitos son los mismos, con excepción de las carreras vinculadas con la salud pública (medicina, todos sus rubros, Odontología, Veterinaria, Química y Farmacia) en cuyo caso los postulantes deben rendir los exámenes de capacitación que se solicitan ante las respectivas facultades de la Universidad de Chile. No se contempla el reconocimiento de especialidades médicas ni en general de doctorado o postgrados.
El reconocimiento de las Especialidades, que es útil, especialmente tratándose de la Administración Pública lo emite una Institución de carácter privado que agrupa a las seis facultades de medicina existentes en el país. (CONACEN Dirección: Esmeralda N° 678, Piso 3 Teléfono 6385899 o en Internet www.conacem.cl).
En lo que se refiere al título de abogado, debe señalarse que lo se inscribe en el Ministerio de Relaciones Exteriores, es el grado de Licenciado en Ciencias Jurídicas y Sociales o de Bachiller en las mismas menciones, lo que no habilita al interesado para ejercer la profesión en Chile, pues el título de Abogado solo puede ser emitido o reconocido por la Corte Suprema de Justicia
Respecto a Brasil, la documentación debe presentarse acompañada de su respectiva traducción oficial que debe efectuarse en el Departamento de Traducciones del Ministerio de Relaciones Exteriores Bandera N° 52, primer piso, de 09:00 a 14:00 hrs., asimismo, tratándose de títulos obtenido en Ecuador debe acompañarse certificación emitida por CONESUP, la entidad competente al respecto..
* Tener la nacionalidad chilena o la del país del que procede el título.
* Haber obtenido su Título Profesional en alguno de los países con los que se tiene convenio Bi o Multilateral.
* No estar impedido de ejercer la profesión que aparece en el título en el país que emitió el dicho título.
* Contar con toda la documentación requerida debidamente legalizada.
DOCUMENTACIÓN
* Titulo profesional original
* Documento de identidad (Cédula de Identidad o Pasaporte)
* Original de Concentración de notas y/o Certificado de Notas conducentes al Título o Diploma
* Comprobar con documentos que la institución emisora está reconocida oficialmente por su gobierno (Certificado de Autenticidad)
* Certificado que acredite el interesado está habilitado para ejercer su profesión para ejercer en el país de origen (Certificado Profesional)